Para
el PCE-Salamanca esta reforma sólo beneficia a los intereses
empresariales perjudicando seriamente derechos que habían
conquistado los trabajadores.
Uno
de los aspectos más duros para los trabajadores y las trabajadoras
es que, con esta reforma laboral, están a disposición de las
decisiones unilaterales y arbitrarias de la empresa.
Lo
que llevará, en la práctica, a que el papel de los trabajadores se
limitará a obedecer órdenes que contravienen los derechos de los
trabajadores y de las trabajadoras. Entre otras, hay tres medidas:
1.
El
empresario
podrá
disponer,
a
su
antojo,
del
5%
de
la
jornada
laboral
sin
necesidad
de
de
ningún
acuerdo
con
nadie.
Así,
en
el
caso
de
una
jornada
laboral
anual
de
1.900
horas,
95
horas
podrán
ser
distribuidas
fuera
de
la
jornada
ordinaria,
es
decir
aumentando
la
hora
de
entrada
o
salida,
imponiendo
trabajo
en
horario
de
tarde
si
el
trabajador
trabaja
sólo
por
las
mañanas
o
en
sábado
si
este
es
un
día
de
no
actividad
laboral.
Para
el
PCE
medidas
como
ésta
afectará
a
la
conciliación
de
la
vida
laboral
y
personal
del
trabajador.
2.
Las
empresas
podrán
imponer
al
trabajador
funciones
diferentes
a
las
que
realiza
y
trasladar
a
otro
centro
de
trabajo
de
la
empresa
al
margen
del
Convenio
Colectivo
o
de
un
acuerdo
con
el
trabajador.
Con
que la empresa alegue tan sólo que esa medida favorecerá “la
competitividad y productividad de la empresa” basta para cambiar
las condiciones laborales de un trabajador.
A
juicio del PCE “flexibilizar” las relaciones laborales de trabajo
no puede ser sinónimo de plena disposición del trabajador a los
dictados de la empresa.
3.
Se
permite
reducir
los
salarios
de
los
trabajadores
sin
acreditar
la
razón
y
sin
consulta
ni
a
sus
representantes
ni
a
la
autoridad
laboral.
Se
facilita
la
modificación
de
las
condiciones
de
trabajo
de
los
trabajadores
(jornada,
horario,
turnos,
salarios,
etc.),
basta
con
alegar
necesidades
de
competitividad
de
la
empresa,
y
se
impide
que
la
Administración
controle
esta
medida.
Los
trabajadores,
eso
sí,
podrán
acudir
a
los
Tribunales.
Esta
modificación,
para
el
PCE,
supone
acabar
con
las
cláusulas
de
descuelgue
salarial
establecidas
en
muchos
convenios,
donde
se
exigía
que
las
empresas
acreditasen
pérdidas
económicas
para
poder
bajar
los
salarios
de
los
trabajadores.
Ahora
será
una
decisión
del
empresario
solo
revisable
por
los
tribunales.
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